Banners de cookies con consentimiento
El 1 de octubre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que las cookies solo pueden utilizarse en sitios web con consentimiento explícito (= "cookie opt-in"). Después de que el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) fuera vinculante para todos los operadores de sitios web de la UE el 25 de mayo de 2018, esta sentencia representa ahora un endurecimiento de las normas sobre el uso de cookies. Consulte también nuestro artículo sobre el GDP R del año pasado. Las cookies son fragmentos de información almacenados en el navegador del usuario que pueden utilizarse para identificarlo. Sin embargo, mientras que hasta ahora la mayoría de los sitios web sólo utilizaban una barra de cookies o un banner para informar a los usuarios de que se estaban utilizando cookies, esta sentencia establece ahora que las cookies sólo pueden utilizarse si se ha obtenido el consentimiento activo del usuario. Las cookies pueden crearse mediante el uso del seguimiento de Google Analytics, vídeos incrustados de YouTube, plugins de redes sociales como Facebook, Twitter, Instagram, ... . Esto significa que casi todos los sitios web se ven afectados, a menos que no utilice un solo servicio que establezca cookies.
Consecuencias del rastreo
A la inversa, sin embargo, esto también significa que si, por ejemplo, el seguimiento de Google Analytics sólo se puede utilizar si el usuario del sitio web ha dado su consentimiento para ello, el valor informativo de las estadísticas de Google Analytics puede verse seriamente restringido o incluso hacerse casi inútil. Por lo tanto, en casos concretos, también es posible considerar la posibilidad de prescindir por completo del seguimiento y no enfrentarse en absoluto a la tarea del consentimiento de las cookies. Otro enfoque de este problema sería decidir oscurecer la página por completo o hacer algo similar para impedir por completo el uso sin el consentimiento activo al seguimiento. Esto puede disuadir a algunos usuarios, pero al menos no distorsionaría las estadísticas de seguimiento. Cómo quiera hacer esto en detalle es, por supuesto, cuestión de gustos.
Seguimiento propio con Matomo
Otra opción sería el seguimiento a través de una herramienta de seguimiento autoalojada como Matomo. Matomo es un software de código abierto como TYPO3, se puede configurar en paralelo a TYPO3 en su propio servidor web y así los datos de seguimiento nunca salen de su propio servidor, por no hablar de ser transferidos desde la UE a América como en el caso de Google Analytics. Es más, Matomo puede incluso realizar el seguimiento sin cookies y, en el mejor de los casos, incluso hacer innecesario el uso del consentimiento de cookies a través de un banner de cookies. Podemos configurar Matomo en consecuencia para usted.
El texto exacto de la sentencia del TJCE puede consultarse aquí. En este artículo del blog, un abogado responde a las preguntas más importantes sobre esta sentencia.
Estaremos encantados de ayudarle desde un punto de vista técnico en caso de que sea necesario realizar ajustes en su sitio o tienda web. Esto podría ser, por ejemplo, la conversión o instalación de un elemento de aviso de cookies con consentimiento activo y/o la integración conforme a la protección de datos de plugins de seguimiento y redes sociales de Facebook, Google y compañía.
Sin asesoramiento jurídico
Sin embargo, no estamos autorizados a ofrecerle asesoramiento jurídico sobre este punto y, por lo tanto, le pedimos que se ponga en contacto con su departamento jurídico o con los proveedores de servicios especializados pertinentes de forma independiente y, si es necesario, que consulte las fuentes adecuadas para decidir cómo desea reaccionar exactamente ante esta sentencia en su caso concreto. También puede encontrar en Internet diversas fuentes de información, libros blancos, vídeos explicativos y mucho más sobre el tema. En cualquier caso, le aconsejamos que busque asesoramiento profesional sobre este punto. Las sanciones por infracciones pueden ser graves. Según el GDPR, solo estamos sujetos al deber de informar a nuestros clientes, que cumplimos mediante este artículo y un boletín informativo a todos nuestros clientes.